Regulación 917 (CNV)

Regulación 917 (CNV)

La comisión Nacional de Valores (CNV), estableció por medio de su Resolución General (CNV) 917/2021, que las sociedades gerentes de Fondos Comunes de Inversión deben aportar cierta información respecto de los Fondos que administran.

Este requerimiento de información se estableció como consecuencia de la Ley 27.638 y el Decreto (PE) 621/2021, que eximen del Impuesto Sobre los Bienes Personales a diversos fondos comunes de inversión, que cumplan las siguientes características:

  • Las cuotapartes de Fondos comunes de inversión cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, un 75% por los siguientes activos también exentos del impuesto:
  • Títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las Provincias, las Municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS).
  • Depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la Ley (PL) 21.526, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el BCRA.
  • Obligaciones negociables emitidas en moneda nacional que cumplan con los requisitos del artículo 36 de la Ley (PL) 23.576.
  • Los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo, siempre que así lo disponga la norma que los regule.

Esta exención no operará cuando se produjera una modificación en la composición de los FCI que los disminuyera por debajo del 75 % durante un período continuo o discontinuo de, como mínimo, 30 días en un año calendario, cuando se trate de cuotapartes que estuviesen al 1° de enero de ese año calendario o, de ocurrir esto último con posterioridad a esa fecha, por un plazo equivalente a la proporción de días considerando el momento de su constitución.

Para dar cumplimiento con la normativa de referencia, se detalla el listado de los fondos en donde se indica, si el Fondo Común de Inversión cumple con la condición de la existencia de un activo subyacente principal y la cantidad acumulada de días en los que el fondo no cumple con la condición de exento en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

Fondo No Exento Exento Total
Multi V 1.000 1.000
Multi IV 1.000 1.000
Acciones 1.000 0.000 1.000
Multi II 1.000 1.000
Multi I 1.000 1.000
Arbitraje 1.000 1.000
Income 1.000 1.000
Variable 1.000 0.000 1.000
Dinero MM 0.920 0.080 1.000
Multi III 0.890 0.110 1.000
Pymes 0.740 0.260 1.000
Liquidez 0.740 0.260 1.000
Retorno 0.370 0.630 1.000
Tactico 0.340 0.660 1.000
Mixta 0.240 0.760 1.000
Multiestrategia 0.140 0.860 1.000
Renta Dolares 0.130 0.870 1.000
Renta Fija 0.130 0.870 1.000
Balance 0.100 0.900 1.000
Balanceada 0.100 0.900 1.000
Ahorro Plus 0.040 0.960 1.000
Deuda 0.040 0.960 1.000
Estrategia 0.030 0.970 1.000
Nacional 0.030 0.970 1.000
Local 0.020 0.980 1.000
Renta y Capital 0.000 1.000 1.000
Crecimiento 0.000 1.000 1.000